Posibilidades del arrendatario de evitar el lanzamiento del desahucio
DEMANDA DESAHUCIO
Para que el arrendatario no quede privado del disfrute de la vivienda arrendada por acción judicial de desahucio es necesario la concurrencia de los requisitos siguientes: que el arrendador no le comunique en plazo legal el pago de renta no satisfechas como la invitación al desalojo por vía de desahucio; que el arrendatario pague los meses de renta no satisfechos antes de la celebración del Juicio, o bien deposite la cantidad debida en el Juzgado el día de la celebración del Juicio, pero siempre antes de su celebración